Red Natura:
¿Está ubicado en Red Natura 2000, humedales espacios protegidos o zonas especialmente sensibles?
Si No
Selecciona las opciones que se ajusten a su actividad:
Instalaciones de vertederos de residuos no peligrosos que reciban menos de 10Tn por dia o que tengan una capacidad total de menos de 25 Tn, así como de residuos inertes o materiales de extracción de origen fluvial, terrestre o marino que ocupen más de 1 ha de superficie. Proyectos para destinar áreas incultas o áreas seminaturales a la explotación agrícola o aprovechamiento forestal maderero que impliquen la ocupación de una superficie mayor de 10 ha Proyectos de transformación en regadío o de avenamiento de terrenos, cuando afecten a una superficie mayor de 10 ha. Dragados fluviales cuando el volumen extraído sea superior a 20.000 metros cúbicos anuales. Dragados marinos cuando el volumen extraído sea superior a 20.000 metros cúbicos anuales. Tuberías para el transporte de productos químicos y para el transporte de gas y petróleo, con un diámetro de más de 800 mm y una longitud superior a 10 km y tuberías para el transporte de flujos de dióxido de carbono con fines de almacenamiento geológico, incluidas las estaciones de bombeo asociadas Parques temáticos. Líneas para la transmisión de energía eléctrica cuyo trazado afecte a los espacios naturales considerados, con una longitud superior a 3 km, excluidas las que atraviesen zonas urbanizadas. Parques eólicos que tengan más de 10 aerogeneradores Parques eólicos que tengan más de 6 MW de potencia. Instalaciones para la producción de energía hidroeléctrica. Construcción de aeropuertos con pistas de despegue y aterrizaje de una longitud inferior a 2.100 metros. Proyectos que requieran la urbanización del suelo para polígonos industriales Proyectos que requieran la urbanización del suelo para usos residenciales que ocupen más de 5 ha Construcción de centros comerciales y aparcamientos, fuera de suelo urbanizable y que en superficie ocupen más de 1 ha Instalaciones hoteleras en suelo no urbanizable. Instalaciones de conducción de agua a larga distancia con un diámetro de más de 800 mm y una longitud superior a 10 km. Concentraciones parcelarias que conlleven cambio de uso del suelo cuando suponga una alteración sustancial de la cubierta vegetal. Explotaciones y frentes de una misma autorización o concesión a cielo abierto de yacimientos minerales y demás recursos geológicos de las secciones A, B, C y D cuyo aprovechamiento está regulado por la Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas y normativa complementaria. Construcción de autopistas, autovías y carreteras convencionales de nuevo trazado. Extracción o almacenamiento subterráneo de petróleo y gas natural. Instalaciones para la producción de energía eléctrica a partir de la energía solar destinada a su venta a la red, que no se ubiquen en cubiertas o tejados de edificios existentes y que ocupen una superficie de más de 10 ha
Plantas de tratamiento de aguas residuales cuando puedan suponer transformaciones ecológicas negativas para el espacio. Obras de encauzamiento y proyectos de defensa de cursos naturales cuando puedan suponer transformaciones ecológicas negativas para el espacio. Cualquier proyecto no contemplado en el presente anexo II que suponga un cambio de uso del suelo en una superficie igual o superior a 10 ha.
Seleccione su grupo de actividad principal:
--- Ganadería Agricultura Silvicultura Acuicultura Intensiva Industrias de productos alimenticios Industria energética. Industria siderúrgica. Producción y elaboración de metales. Industrias minerales. Industria química, petroquímica, textil, papelera y de madera Proyectos de infraestructuras. Proyectos de ingeniería hidráulica y de gestión del agua. Proyectos de tratamiento y gestión de residuos. Otros proyectos
--- Aves de Corral Porcino Ovino y caprino Vacuno Conejos Actividad no incluida
Instalaciones ganaderas dedicadas a la cría y engorde, en explotaciones intensivas, de todo tipo de aves, tanto para la producción de carne como para la producción de huevos o para reproducción. El número equivalente para otras aves es el siguiente: 85.000 pollos de engorde.
--- Gallinas Pollos y otras aves de corral Actividad no incluida
--- Capacidad superior 40.000 plazas para gallinas. Capacidad superior 40.000 plazas para gallinas ponedoras. Actividad no incluida
--- Número equivalente (40.000 gallinas) en excreta de nitrógeno. Capacidad superior 55.000 plazas pollos. Actividad no incluida
El equivalente en contaminación para cerdos menores 2.500 plazas de cerdos de cebo de más de 20 kg).
--- Cerdos de cebo/engorde Cerdas cría/reproductoras Actividad no incluida
--- Capacidad superior 2.000 plazas para cerdos de engorde (independientemente del peso). Capacidad superior 2.000 plazas para cerdos de cebo de más de 30 kg. Actividad no incluida
--- Capacidad superior 750 plazas. Actividad no incluida
--- Instalaciones destinadas a la cría de animales en explotaciones ganaderas que superen las siguientes capacidades 2.000 plazas para ganado ovino y caprino. Actividad no incluida
--- Cría de vacuno de leche con capacidad superior a 300 plazas Cría de vacuno de cebo con capacidad superior a 600 plazas Actividad no incluida
--- Instalaciones destinadas a la cría de animales en explotaciones ganaderas que superen las siguientes capacidades 20.000 plazas para conejos. Actividad no incluida
--- Proyectos de concentración parcelaria cuando afecten a una superficie mayor de 100 ha. Proyectos de consolidación y mejora de regadíos en una superficie superior a 100 ha Proyectos de transformación en regadío o de avenamiento de terrenos, cuando afecten a una superficie mayor de 10 ha. Proyectos para destinar áreas naturales, seminaturales o incultas a la explotación agrícola cuya superficie sea superior a 10 ha. Actividad no incluida
--- Forestaciones que afecten a una superficie superior a 50 ha Talas de masas forestales con el propósito de cambiar a otro tipo de uso del suelo. Actividad no incluida
--- Capacidad de producción superior a 500 t al año Actividad no incluida
--- Instalaciones industriales para la elaboración de grasas y aceites vegetales y animales situada fuera de polígonos industriales, a menos de 500 metros de una zona residencial y una superficie de, al menos, 1 ha. Instalaciones para el sacrificio, despiece o descuartizamiento de animales con una capacidad de producción de canales superior a 50 t por día. Instalaciones industriales para el envasado y enlatado de productos Tratamiento y transformación, diferente del mero envasado, de las siguientes materias primas, tratadas o no previamente, destinadas a la fabricación de productos alimenticios o piensos a partir de Leche y productos lácteos Instalaciones para la eliminación o el aprovechamiento de carcasas o desechos de animales con una capacidad de tratamiento superior a 10 toneladas/día. Instalaciones industriales para la fabricación de cerveza y malta situada fuera de polígonos industriales y a menos de 500 metros de una zona residencial y con una superficie de, al menos, 1 ha. Instalaciones industriales para la elaboración de confituras y almíbares situada fuera de polígonos industriales y a menos de 500 metros de una zona residencial y con una superficie de, al menos, 1 ha. Instalaciones industriales para la fabricación de féculas, que esten situada fuera de polígonos industriales y a menos de 500 metros de una zona residencial y con una superficie de, al menos, 1 ha. Instalaciones industriales para la fabricación de harina de pescado y aceite de pescado situada fuera de polígonos industriales y a menos de 500 metros de una zona residencial y con una superficie de, al menos, 1 ha. Azucareras con capacidad de tratamiento de materia prima superior a las 300 t diarias. Actividad no incluida
Industrias cárnicas para el sacrificio, con destino al consumo humano, de animales de las especies bovina, equina, porcina, ovina, caprina, avícola y cunícola, incluidas las industrias destinadas a la conservación y a la fabricación de productos cárnicos que dispongan de instalaciones destinadas al sacrificio animal de las anteriores especies, sea o no ésta su actividad principal.
--- Productos animales, exceptuada la leche con una capacidad de producción superior a 75 t por día de productos acabados (valores medios trimestrales) Productos vegetales que tenga una capacidad de producción superior a 300 t por día de productos acabados (valores medios trimestrales) Animales y vegetales cuya materia prima sea tanto animal como vegetal y tenga una capacidad de producción superior a 75 t por día de productos acabados (valores medios trimestrales) Actividad no incluida
--- Materia prima animal (que no sea exclusivamente la leche) de una capacidad de producción de productos acabados superior a 75 toneladas/día Materia prima vegetal Materias primas animales y vegetales, tanto en productos combinados como por separado Actividad no incluida
Instalaciones destinadas a la producción de alimentos para personas o animales a partir de materias. Entre otras, se encuentran las actividades destinadas a:
– Elaboración y preparación de productos cárnicos y de pescados congelados o refrigerados.
– Fabricación de conservas de productos cárnicos y de pescado.
– Elaboración de alimentos preservados y curados.
– Preparación de alimentos precocinados, deshidratados, reconstituidos o en polvo a base de materia prima animal (carne, pescado, huevos).
– Preparación de alimentos cocinados y listos para comer, de origen animal.
– Fabricación de grasas y aceites comestibles de origen animal destinados a alimentación humana.
– Fabricación de piensos para animales cuando el componente mayoritario es de origen animal.
Instalaciones destinadas a la producción de alimentos para personas y animales a partir de materiales de origen vegetal, sean frescos, congelados, conservados, precocinados, deshidratados o completamente elaborados. Dentro de estas instalaciones se encuentran, entre otras, las dedicadas a las actividades de:
– Producción de zumos, mermeladas y conservas a partir de frutas y verduras.
– Producción de alimentos precocinados, cuyos componentes principales sean de origen vegetal (verduras o legumbres).
– Producción de aceites de frutos o de semillas, incluidas las actividades de extracción a partir de orujos y los refinados de los distintos tipos de aceites, exclusivamente destinados a alimentación humana o animal.
– Producción de harinas para fabricación de alimentos o de piensos para animales, con separación de los diferentes componentes de los granos molidos (cascarilla, harina, gluten, etc.) y la preparación de alimentos especiales a partir de las harinas, así como la producción de diferentes tipos de arroces para alimentación humana.
– Producción de pan y otros productos de bollería o semielaborados a partir de harinas de distintos cereales.
– Producción de materias primas para fermentaciones (almidones).
– Producción de malta y cerveza.
– Elaboración de mostos y vinos de uva y sidras.
– Fermentación y destilerías para alcoholes para producción de bebidas destiladas de alta graduación.
– Producción y refinado de azúcar a partir de remolacha o de caña, incluyendo el aprovechamiento de melazas para destilación.
– Producción de bebidas no alcohólicas (zumos de frutas y bebidas refrescantes basadas en agua).
– Producción de derivados de cacao.
– Elaboración de derivados de café (tostación, producción de café soluble o de café descafeinado).
– Producción de alimentos para animales basados, fundamentalmente, en materias primas vegetales.
--- De una capacidad de producción de productos acabados superior a 300 toneladas por día De una capacidad de producción de productos acabados superior a 600 toneladas por día en caso de que la instalación funcione durante un período no superior a 90 días consecutivos en un año cualquiera Actividad no incluida
Para el siguiente calculo: «A» es la porción de materia animal (en porcentaje del peso) de la capacidad de producción de productos acabados.
El envase no se incluirá en el peso final del producto.
La presente subsección no será de aplicación cuando la materia prima sea solo leche
--- Con una capacidad de producción de productos acabados en toneladas por día superior a: – 75 si A es igual o superior a 10 Con una capacidad de producción de productos acabados en toneladas por día superior a: – (300 – (22,5 × A)) Actividad no incluida
--- Instalaciones industriales para fabricación de productos lácteos siempre que la instalación reciba una cantidad de leche superior a 200 t por día (valor medio anual). Tratamiento y transformación solamente de la leche, con una cantidad de leche recibida superior a 200 toneladas por día (valor medio anual). Actividad no incluida
Instalaciones para la fabricación de productos lácteos y sus derivados (leche, leche evaporada o en polvo, quesos, sueros, caseína, requesón, mantequilla, helados, yogurt, cuajadas, nata, bebidas a partir de leche y otros productos, producción de derivados lácteos para fabricación de alimentos para animales, etc.).
--- Petróleo Gasificación y licuefacción Combustión Nuclear Transporte energético Construcción de líneas de transmisión de energía eléctrica Almacenamiento Energía eólica Energía solar Instalaciones industriales para la producción de electricidad con potencia instalada igual o superior a 100 MW. Instalaciones industriales para la producción de vapor con potencia instalada igual o superior a 100 MW. Instalaciones industriales para la producción de agua caliente con potencia instalada igual o superior a 100 MW. Instalaciones para la producción de energía hidroeléctrica Instalaciones para la producción de energía en medio marino. Actividad no incluida
--- Refinerías de petróleo bruto (con la exclusión de las empresas que produzcan únicamente lubricantes a partir de petróleo bruto) Instalaciones para el refino de petróleo o de crudo de petróleo Actividad no incluida
Instalaciones para el refino de crudo de petróleo, orientadas a obtener distintos tipos de productos, desde gases hasta productos líquidos y sólidos utilizados como combustibles, carburantes o como materias primas.
--- Instalaciones para la producción de gas combustible distinto del gas natural y gases licuados del petróleo. Instalaciones en el exterior y en el interior para la gasificación del carbón y pizarras bituminosas, menor de 500 t de carbón o de pizarra bituminosa al día. Instalaciones de gasificación y de licuefacción de, al menos, 500 t de carbón o de pizarra bituminosa al día. Instalaciones de gasificación y licuefacción de Carbón Instalaciones de gasificación y licuefacción de Otros combustibles, cuando la instalación tenga una potencia térmica nominal igual o superior a 20 MW. Actividad no incluida
Instalaciones para el refino de crudo de petróleo, orientadas a obtener distintos tipos de productos, desde gases hasta productos líquidos y sólidos utilizados como combustibles, carburantes o como materias primas.
Instalaciones dedicadas a la producción de gases combustibles por combustión parcial a partir de carbón u otros carburantes. El gas producido puede ser posteriormente tratado para su utilización como materia prima en procesos químicos, o dedicado a valorización energética por combustión en calderas o en turbinas o motores térmicos. Dentro de este grupo se incluyen instalaciones tales como destilación de carbón, con obtención de productos líquidos condensados.
--- Centrales térmicas y otras instalaciones de combustión potencia térmica de, al menos, 300 MW. Instalaciones de producción de energía eléctrica en régimen ordinario o en régimen especial, en las que se produzca la combustión de combustibles fósiles, residuos o biomasa con una potencia térmica nominal total igual o superior a 50 MW: Instalaciones de cogeneración, calderas, generadores de vapor o cualquier otro equipamiento o instalación de combustión existente en una industria, sea ésta o no su actividad principal, con una potencia térmica nominal total igual o superior a 50 MW: Instalaciones para fabricación de carbono sinterizado o electrografito por combustión o grafitación. Actividad no incluida
Instalaciones dedicadas a la producción de energía térmica mediante la combustión de cualquier tipo de combustible fósil y los diferentes tipos de biomasa, así como mediante la coincineración de residuos. La energía térmica obtenida puede ser utilizada directamente en forma de calor o transformada en otras formas útiles de energía (mecánica, eléctrica,..) mediante ciclos térmicos determinados.
Entre estas instalaciones están las de fabricación de electrodos de grafito para su utilización en hornos eléctricos o fabricación de fibra de carbono para construcciones especiales, etc.
--- Centrales nucleares y otros reactores nucleares Incluidos el desmantelamiento o clausura definitiva de tales centrales y reactores (con exclusión de las instalaciones de investigación para la producción y transformación de materiales fisionables y fértiles), cuya potencia máxima no supere 1 kW de carga térmica continua. Instalaciones de reproceso de combustibles nucleares irradiados Instalaciones diseñadas para producción o enriquecimiento de combustible nuclear. Instalaciones diseñadas para el proceso de reutilización de combustible nuclear irradiado o de residuos de alta radiactividad. Instalaciones diseñadas para depósito final del combustible nuclear gastado Instalaciones diseñadas para exclusivamente el almacenamiento (proyectado para un período superior a diez años) de combustibles nucleares irradiados o de residuos radiactivos en un lugar distinto del de producción. Instalaciones diseñadas para exclusivamente el depósito final de residuos radiactivos. Resto de instalaciones para el procesamiento y almacenamiento de residuos radiactivos. Actividad no incluida
--- Tuberías de diámetro de más de 800 mm y una longitud superior a 40 km para el transporte de: Instalaciones para el transporte de vapor y agua caliente, de oleoductos y gasoductos excepto en el suelo urbano, que tengan una longitud superior a 10 km y tuberías para el transporte de flujos de CO2 con fines de almacenamiento geológico Actividad no incluida
--- Gas, petróleo o productos químicos, incluyendo instalaciones de compresión, Flujos de dióxido de carbono con fines de almacenamiento geológico, incluidas las estaciones de bombeo asociadas. Actividad no incluida
--- Construcción líneas de líneas aéreas de voltaje igual o superior a 220 kV y una longitud superior a 15 km, salvo que discurran íntegramente en subterráneo por suelo urbanizado, así como sus subestaciones asociadas. Construcción de líneas de transmisión de energía eléctrica de voltaje igual o superior a 15 kV, que tengan una longitud superior a 3 km, salvo que discurran íntegramente en subterráneo por suelo urbanizado, así como sus subestaciones asociadas. Actividad no incluida
--- Almacenamiento de petróleo o productos petroquímicos o químicos con capacidad de, al menos, 200.000 t. Instalaciones industriales de almacenamiento de productos petrolíferos, petroquímicos y químicos con más de 100 metros cúbicos de capacidad Almacenamiento sobre el terreno de combustibles fósiles (excluidos almacenamientos de materiales y/o residuos nucleares) Tanques de gas natural sobre el terreno con capacidad unitaria superior a 200 t. Almacenamiento subterráneo de gases combustibles Actividad no incluida
--- Que tengan 50 o más aerogeneradores Que tengan menos 50 Que tengan más de 30 MW Que tengan menos de 30 MW Que se encuentren a menos de 2 km de otro parque eólico en funcionamiento, en construcción, con autorización administrativa o con declaración de impacto ambiental Que se encuentren a mas de 2 km de otro parque eólico en funcionamiento, en construcción, con autorización administrativa o con declaración de impacto ambiental Autoconsumo que exceda los 100 kW de potencia total. Actividad no incluida
--- Instalaciones para la producción de energía eléctrica a partir de la energía solar destinada a su venta a la red no ubicadas en cubiertas o tejados de edificios existentes y que ocupen más de 100 ha de superficie Instalaciones para la producción de energía eléctrica a partir de la energía solar destinada a su venta a la red no instaladas sobre cubiertas o tejados de edificios o en suelos urbanos y que, ocupen una superficie mayor de 10 ha Actividad no incluida
--- Plantas siderúrgicas integrales. Instalaciones para la producción de metales en bruto no ferrosos a partir de minerales, de concentrados o de materias primas secundarias mediante procesos metalúrgicos, químicos o electrolíticos. Plantas integradas para la fundición inicial del hierro colado y del acero. Instalaciones para la producción de lingotes de hierro o de acero (fusión primaria o secundaria) incluidas las instalaciones de fundición continua con una capacidad de más de 2,5 t por hora. Elaboración de metales ferrosos Fundiciones de metales ferrosos con capacidad de producción de más de 20 t por día. Instalaciones para la producción de fundición o de aceros brutos (fusión primaria o secundaria), incluidas las correspondientes instalaciones de fundición continua de una capacidad de más de 2,5 toneladas por hora. Instalaciones para la fundición (incluida la aleación) de metales no ferrosos, con excepción de metales preciosos, incluidos los productos de recuperación (refinado, restos de fundición, etc.) Instalaciones para el tratamiento de la superficie de metales y materiales plásticos por proceso electrolítico o químico con un volumen de las cubetas o de las líneas completas destinadas al tratamiento empleadas sea superior a 30 metros cúbicos. Calcinación o de sinterización de minerales metálicos incluido el mineral sulfuroso Hornos de coque (destilación seca del carbón). Instalaciones fabricación de fibras minerales artificiales Astilleros Instalaciones construcción y reparación de aeronaves. Instalaciones para la fabricación de material ferroviario Instalaciones para la fabricación y montaje de vehículos de motor y fabricación de motores para vehículos. Embutido de fondo mediante explosivos o expansores del terreno. Actividad no incluida
--- Laminado en caliente con capacidad superior a 20 t de acero en bruto por hora. Forjado con martillos con energía de impacto sea superior a 50 kJ por martillo y potencia térmica utilizada sea superior a 20 MW. Aplicación de capas protectoras de metal fundido con capacidad de tratamiento de más de 2 t de acero bruto por hora. Actividad no incluida
Instalaciones para la producción, fabricación o transformación de metales ferrosos y aleaciones por laminación en caliente, para la obtención de productos semielaborados o elaborados
Instalaciones para la producción de piezas forjadas. Se considerará la potencia térmica utilizada como la suma de la potencia térmica instalada en todos los hornos.
Industrias o instalaciones de galvanizado y aquellas otras en las que se produce el recubrimiento de acero, con capas de otro metal fundido, para mejorar sus características, fundamentalmente frente a la corrosión.
Fundiciones de hierro, de aceros y de otros metales ferrosos, para la fabricación de piezas, objetos o accesorios
Industria siderúrgica o de producción de aleaciones de hierro mediante fusión primaria o secundaria, como por ejemplo:
– Obtención de arrabio en hornos altos.
– Obtención de acero en convertidores.
– Aprovechamiento y eliminación de escorias.
– Transformación directa de chatarra en acero en hornos eléctricos.
Instalaciones destinadas a la obtención de productos acabados o semiacabados a base de metales o aleaciones (incluso la formación de éstas), mediante procesos en caliente.
--- Capacidad de fusión de más de 4 t para el plomo y el cadmio 20 t para todos los demás metales, por día. Actividad no incluida
Industria o instalaciones productoras, transformadoras o fabricantes de cualquier tipo de objeto metálico o plástico que realicen alguno o varios de estos tipos de tratamientos.
Para el cálculo de la capacidad de las cubetas se considerará la suma de los volúmenes de todas las de la instalación, excepto las cubetas de lavado.
Instalaciones para la primera transformación de minerales metálicos, así como cualquier otra que disponga de equipamientos para la preparación de material por medio de calcinación, sinterización, tostación o sublimación
--- Con capacidad igual o inferior a 5.000 t por año de mineral procesado. Con capacidad superior a 5.000 t por año de mineral procesado. Actividad no incluida
Instalaciones dedicadas a la preparación de coque metalúrgico a partir de carbón, como material necesario para la producción de productos básicos de hierro fundido, acero, ferroaleaciones en hornos altos
--- Producción de cemento, cal y óxido de magnesio Fabricación de vidrio, incluida la fibra de vidrio con capacidad de fusión superior a 20 t por día. Fundición de sustancias minerales, incluida la producción de fibras minerales con capacidad de fundición superior a 20 t por día. Instalaciones para la fabricación de productos cerámicos mediante horneado, en particular, tejas, ladrillos, ladrillos refractarios, azulejos, gres o porcelana Actividad no incluida
--- Cemento por molienda con capacidad de producción superior a 500 t diarias. Fabricación clínker Cal en hornos con capacidad de producción superior a 50 t diarias. Óxido de magnesio en hornos capacidad de producción superior a 50 t diarias. Actividad no incluida
Instalaciones dedicadas a la producción de clínker o de cemento, incluyendo las plantas de molienda de clínker para producción de cemento cuando aquella no forme parte integral de la instalación.
--- Clínker en hornos rotatorios con una capacidad de producción superior a 500 t diarias Clínker en hornos de otro tipo con una capacidad de producción superior a 50 t por día. Actividad no incluida
Instalaciones dedicadas a la producción de clínker o de cemento, incluyendo las plantas de molienda de clínker para producción de cemento cuando aquella no forme parte integral de la instalación.
Instalaciones de fabricación de cal.
Instalaciones de fabricación de óxido de magnesio.
Instalaciones para la fabricación de vidrio hueco (botellas, tarros, frascos), vidrio plano, vidrio doméstico, vidrio decorativo, tubo de vidrio, fibra de vidrio (filamento continuo de vidrio para refuerzo), fritas, vidrios para uso técnico, aisladores, vidrios para iluminación y señalización y cualquier otro tipo de vidrio.
Instalaciones para la fabricación de cualquier tipo de fibras a partir de materias primas minerales. Instalaciones para la fabricación de materiales minerales aislantes como las lanas de roca, de escorias y de otros minerales. También deben incluirse las instalaciones destinadas a la fabricación de lanas de vidrio.
Todas las instalaciones manufactureras de productos cerámicos, mediante horneado tales como materiales refractarios, azulejos y baldosas, ladrillos, tejas y otros productos de tierras cocidas, aparatos sanitarios cerámicos, artículos cerámicos de uso doméstico y ornamental, porcelanas, artículos cerámicos de uso técnico, aisladores y piezas aislantes cerámicas, arcillas calcinadas, así como aquellas que fabriquen cualquier otro tipo de pieza cerámica. Las instalaciones afectadas tendrán:
– una capacidad superior a 75 toneladas/día, o
– una capacidad de horneado superior a 4 m3 con una densidad de carga por horno superior a 300 Kg/m3
--- Con capacidad de producción superior a 75 t por día. Una capacidad de horneado de más de 4 metros cúbicos y más de 300 kg por metro cúbico de densidad de carga por horno. Actividad no incluida
--- Instalaciones para la producción a escala industrial de sustancias mediante transformación química o biológica Instalaciones industriales de tratamiento de productos intermedios y producción de productos químicos. Instalaciones industriales para la producción de pesticidas y productos farmacéuticos, pinturas y barnices, elastómeros y peróxidos. Instalaciones industriales para la fabricación y tratamiento de productos a base de elastómeros. Industria textil Plantas industriales de papel Industria de la madera Instalaciones de producción y tratamiento de celulosa con capacidad de producción superior a 20 t diarias. Actividad no incluida
--- Productos químicos orgánicos Productos químicos inorgánicos Fertilizantes a base de fósforo, nitrógeno o potasio (fertilizantes simples o compuestos). Productos fitosanitarios y de biocidas Productos farmacéuticos mediante un proceso químico o biológico Productos explosivos. Actividad no incluida
--- Hidrocarburos (simples, oxigenados, sulfurados, nitrogenados, fosforados, compuestos orgánicos metálicos) Materias plásticas (polímeros, fibras sintéticas, fibras a base de celulosa). Cauchos sintéticos. Colorantes y pigmentos. Tensioactivos y agentes de superficie. Actividad no incluida
Instalaciones químicas y de cualquier otro sector de actividad con instalaciones para la fabricación, mediante transformación química o biológica de productos orgánicos cualquiera que sea la materia prima de partida o el proceso seguido.
Instalaciones químicas y de cualquier otro sector de actividad dedicadas a la producción de productos polímeros, fibras sintéticas y fibras a base de celulosa, cualquiera que sea la materia prima de partida y el proceso seguido.
Industrias o instalaciones que fabriquen o produzcan caucho sintético en forma primaria.
Instalaciones dedicadas a la producción de colorantes y pigmentos orgánicos, cualquiera que sea la materia prima de partida y su forma final
Instalaciones químicas y de cualquier otro sector de actividad dedicadas a la producción de estos productos, cualquiera que sea la materia prima de partida e independientemente de su capacidad de producción.
--- Gases,ácidos, bases y sales No metales, óxidos metálicos u otros compuestos inorgánicos como el carburo de calcio, el silicio, el carburo de silicio. Actividad no incluida
Industrias químicas y de cualquier otro sector de actividad, con instalaciones para la fabricación de cualquiera de estos productos, que impliquen transformación química o biológica cualquiera que sea la materia prima de partida, o el proceso seguido.
Industrias químicas y de cualquier otro sector de actividad, con instalaciones para la fabricación de cualquiera de estos productos, incluyendo colorantes y pigmentos inorgánicos que impliquen transformación química o biológica cualquiera que sea la materia prima de partida o el proceso seguido
Industrias químicas y de cualquier otro sector de actividad, con instalaciones para la fabricación de cualquiera de estos productos, que impliquen transformación química o biológica cualquiera que sea la materia prima de partida o el proceso seguido.
Industrias químicas que cuenten con instalaciones para la fabricación de cualquiera de estos productos, sea o no ésta su actividad principal, e independientemente de cualquiera que sea la materia prima de partida, el proceso seguido o, cuando impliquen transformación química o biológica.
Instalaciones para la fabricación, por procedimientos químicos o biológicos, de principios activos y otros productos destinados a la fabricación de medicamentos, cualquiera que sea la materia prima de partida o el proceso seguido.
Industrias químicas que cuenten con instalaciones para la producción de cualquier tipo de explosivo, cuando impliquen transformación química.
--- Plantas para el tratamiento previo (lavado, blanqueo, mercerización) con capacidad de tratamiento superior las 10 t diarias. Plantas para el para el teñido de fibras o productos textiles con capacidad de tratamiento superior las 10 t diarias. Curtido de pieles y cueros con capacidad de tratamiento superior a 12 t de productos acabados por día. Actividad no incluida
Instalaciones para la preparación y pretratamiento de fibras naturales y sintéticas, así como productos textiles o aquellas para el tinte y tratamientos de acabado.
Instalaciones dedicadas a la transformación de piel bruta de animales en cuero.
--- Producción de pasta de papel a partir de madera o de otras materias fibrosas similares. Producción de papel y cartón Actividad no incluida
Instalaciones que produzcan pasta de papel de cualquier tipo (blanqueada, semiblanqueada, o cruda) mediante procedimientos mecánicos o químicos, a partir de materias primas naturales como madera y otras fibras naturales o a partir de fibras recuperadas.
Instalaciones destinadas a la producción de:
– Cualquier tipo de papel a partir de pasta de papel de cualquiera de los tipos señalados en el punto anterior con la posible presencia de otros aditivos.
– Cualquier tipo de cartón a partir de pasta de papel y otros aditivos, destinado a usos industriales tales como a envases y embalajes etc.
Las instalaciones a las que se refiere esta categoría pueden estar o no integradas en fábricas de pasta de papel.
--- Capacidad de producción superior a 200 t diarias. Capacidad de producción entre 20t diarias y 200 t diarias. Capacidad de producción igual o inferior a 20 t diarias. Actividad no incluida
--- Conservación de la madera y de sus derivados utilizando productos químicos, con una capacidad de producción superior a 75 m3 diarios. Instalaciones industriales de fabricación de tableros (de virutas de madera orientadas, tableros aglomerados, tableros de cartón comprimido y/o tableros de fibras), con una capacidad de producción superior a 600 m3 diarios. Actividad no incluida
Instalaciones destinadas a la producción de celulosa a partir de madera o fibras vegetales.
--- Carreteras Ferrocarriles Tranvías, metros aéreos y subterráneos, líneas suspendidas o líneas similares de un determinado tipo, que sirvan exclusiva o principalmente para el transporte de pasajeros. Aeródromos Muelles y puertos Construcción de vías navegables Proyectos de urbanizaciones de polígonos industriales. Proyectos situados fuera de áreas urbanizadas de urbanizaciones, incluida la construcción de centros comerciales y aparcamientos en superficie ocupen más de 1 ha. Obras de alimentación artificial de playas cuando el volumen de aportación de arena supere los 500.000 metros cúbicos o bien que requieran la construcción de diques o espigones. Obras costeras destinadas a combatir la erosión y obras marítimas que puedan alterar la costa y otras obras de defensa contra el mar. Actividad no incluida
--- Construcción de autopistas y autovías Construcción de una nueva carretera de cuatro carriles o más, o realineamiento y/o ensanche de una carretera existente de dos carriles o menos con objeto de conseguir cuatro carriles o más, cuando tal nueva carretera o el tramo de carretera realineado y/o ensanchado alcance o supere los 10 km en una longitud continua Construcción de variantes de población y carreteras convencionales no incluidas en el anexo I. Actividad no incluida
--- Construcción de líneas de ferrocarril para tráfico de largo recorrido Ampliación del número de vías de una línea de ferrocarril existente en una longitud continuada de más de 10 km. Modificación del trazado de una vía de ferrocarril existente en una longitud de más de 10 km. Construcción de vías ferroviarias y de instalaciones de transbordo intermodal y de terminales intermodales de mercancías (proyectos no incluidos en el anexo I Actividad no incluida
--- Construcción de aeródromos clasificados como aeropuertos, con pistas de despegue y aterrizaje de una longitud igual o superior a 2.100 metros. Construcción de aeródromos (no incluidos en el anexo I) así como cualquier modificación en las instalaciones u operación de los aeródromos que puedan tener efectos significativos para el medio ambiente Actividad no incluida
EXCEPCIONES: uso sanitario y de emergencia, o prevención y extinción de incendios, siempre que no estén ubicados en Espacios Naturales Protegidos, Red Natura 2000 y Áreas protegidas por instrumentos internacionales
--- Construcción de puertos comerciales, pesqueros o deportivos que admitan barcos de arqueo superior a 1.350 t. Muelles para carga y descarga conectados a tierra y puertos exteriores (con exclusión de los muelles para transbordadores) que admitan barcos de arqueo superior a 1.350 t Actividad no incluida
EXCEPCIÓN:que se ubiquen en zona I, de acuerdo con la Delimitación de los Espacios y Usos Portuarios
--- Que permitan el paso de barcos de arqueo superior a 1.350 t. Tierra adentro (no incluidas en el anexo I). Actividad no incluida
Excluidos el mantenimiento y la reconstrucción de tales obras y las obras realizadas en la zona de servicio de los puertos.
--- Presas y otras instalaciones destinadas a retener el agua o almacenarla permanentemente Obras de encauzamiento y proyectos de defensa de cauces y márgenes cuya longitud total del tramo afectado sea superior a 5 km. Proyectos para la extracción de aguas subterráneas Proyectos para la recarga artificial de acuíferos Proyectos para el trasvase de recursos hídricos entre cuencas fluviales (excluidos trasvases de agua de consumo humano por tubería) Tratamiento de Aguas Actividad no incluida
--- Volumen nuevo o adicional de agua almacenada sea superior a 10 hectómetros cúbicos. Grandes presas cuando volumen nuevo o adicional de agua almacenada sea igual o inferior a 10 hectómetros cúbicos. Otras instalaciones destinadas a retener el agua con capacidad de almacenamiento, nuevo o adicional, superior a 200.000 m3. Actividad no incluida
EXCEPCIÓN: aquellas actuaciones que se ejecuten para evitar el riesgo en zona urbana
--- Volumen anual de agua aportada es igual o superior a 10 hectómetros cúbicos. Volumen anual de agua aportada sea superior 1 hectómetro cúbico e inferior a 10 hectómetros cúbicos anuales. Actividad no incluida
--- El trasvase tenga por objeto evitar la posible escasez de agua y el volumen de agua trasvasada sea superior a 100 hectómetros cúbicos al año. El flujo medio plurianual de la cuenca de la extracción supere los 2.000 hectómetros cúbicos al año y el volumen de agua trasvasada supere el 5 % de dicho flujo. Instalaciones de conducción de agua a larga distancia diámetro de más de 800 mm y una longitud superior a 40 km (no incluidas en Red Natura). Volumen de agua trasvasada sea superior a 5 hectómetros cúbicos anuales y que no estén incluidos en el anexo I. Actividad no incluida
EXCEPCIÓN: trasvases de agua de consumo humano por tubería y los proyectos para la reutilización directa de aguas depuradas.
--- Plantas de tratamiento de aguas residuales Instalaciones de desalación o desalobración de agua cuando el volumen nuevo o adicional sea superior a 3.000 m3 al día. Actividad no incluida
--- Capacidad sea superior a 150.000 habitantes-equivalentes. Capacidad esté comprendida entre los 10.000 y los 150.000 habitantes-equivalentes. Tratamiento independiente de aguas residuales, no contemplado en la legislación sobre aguas residuales urbanas, y vertidas por una instalación contemplada en el anejo I del RDL 1/2016. Actividad no incluida
Operaciones de valorización y eliminación de residuos, de acuerdo con orden MAM/304/2002 ANEJO 1 Link: MAM/304/2002
--- Residuos peligrosos Residuos no peligrosos Actividad no incluida
--- Valorización Eliminación Almacenamiento subterráneo de residuos peligrosos con una capacidad total superior a 50 tn Almacenamiento temporal de los residuos peligrosos no incluidos con una capacidad total superior a 50 toneladas Actividad no incluida
Almacenamiento de residuo en espera de tratamiento para su posterior valorización (R13) o posterior eliminación (D15).
--- Actividades desarrolladas en el interior de una nave en un Polígono Industrial Actividades desarrolladas en el exterior o fuera de zonas industriales Actividad no incluida
--- Instalaciones para la valorización con una capacidad de más de 10 tn por día que realicen una o más de las siguientes actividades Instalaciones de coincineración de residuos con capacidad superior a 10t/dia Actividad no incluida
--- Tratamiento biológico. Tratamiento físico-químico. Combinación o mezcla previas a las operaciones mencionadas en los apartados 5.1 y 5.2. Reenvasado previo a cualquiera de las operaciones mencionadas en los apartados 5.1 y 5.2. Recuperación o regeneración de disolventes. Reciclado o recuperación de materias inorgánicas que no sean metales o compuestos metálicos. Regeneración de ácidos o de bases. Valorización de componentes utilizados para reducir la contaminación. Valorización de componentes procedentes de catalizadores. Regeneración o reutilización de aceites. Embalse superficial (por ejemplo, vertido de residuos líquidos o lodos en pozos, estanques o lagunas, etc.). Actividad no incluida
--- Instalaciones para la valorización con una capacidad de más de 10 tn por día que realicen una o más de las siguientes actividades Instalaciones de coincineración de residuos con capacidad superior a 10t/dia Instalaciones para la valorización con una capacidad de 10 tn por día o menos. Actividad no incluida
Eliminación mediante incineración y coincineración (D10).
--- Tratamiento biológico. Tratamiento físico-químico. Combinación o mezcla previas a las operaciones mencionadas en los apartados 5.1 y 5.2. Reenvasado previo a cualquiera de las operaciones mencionadas en los apartados 5.1 y 5.2. Recuperación o regeneración de disolventes. Reciclado o recuperación de materias inorgánicas que no sean metales o compuestos metálicos. Regeneración de ácidos o de bases. Valorización de componentes utilizados para reducir la contaminación. Valorización de componentes procedentes de catalizadores. Regeneración o reutilización de aceites. Embalse superficial (por ejemplo, vertido de residuos líquidos o lodos en pozos, estanques o lagunas, etc.). Actividad no incluida
--- Actividades desarrolladas en el interior de una nave en un Polígono Industrial Actividades desarrolladas en el exterior o fuera de zonas industriales Incineración Vertedero Depósito de Seguridad Tratamiento químico Actividad no incluida
--- Instalaciones para la eliminación con una capacidad de más de 10 tn por día que realicen una o más de las siguientes actividades Actividad no incluida
--- Tratamiento biológico. Tratamiento físico-químico. Combinación o mezcla previas a las operaciones mencionadas en los apartados 5.1 y 5.2. Reenvasado previo a cualquiera de las operaciones mencionadas en los apartados 5.1 y 5.2. Embalse superficial (por ejemplo, vertido de residuos líquidos o lodos en pozos, estanques o lagunas, etc.). Actividad no incluida
--- Instalaciones de eliminación, con una capacidad de más de 10 tn por día que realicen una o más de las siguientes actividades Instalaciones para la eliminación con una capacidad de 10 tns por día o menos. Actividad no incluida
--- Tratamiento biológico. Tratamiento físico-químico. Combinación o mezcla previas a las operaciones mencionadas en los apartados 5.1 y 5.2. Reenvasado previo a cualquiera de las operaciones mencionadas en los apartados 5.1 y 5.2. Embalse superficial (por ejemplo, vertido de residuos líquidos o lodos en pozos, estanques o lagunas, etc.). Actividad no incluida
--- Capacidad igual o inferior a 10 tn por día Capacidad superior a 10 tn por día Actividad no incluida
Eliminación mediante incineración y coincineración (D10)
--- Reciban 10 tn o menos por día Reciban más de 10 tn por día Capacidad total de 25.000 tn o menos con exclusión de los vertederos de residuos inertes Capacidad total de más de 25.000 tn con exclusión de los vertederos de residuos inertes Actividad no incluida
Vertederos de residuos peligrosos y de residuos no peligrosos, incluidos, en este último caso, aquellos en los que se depositen residuos urbanos o municipales, tal como se definen en el Real Decreto 1481/2001, de 27 de diciembre, por el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero.
Tratamientos biológicos previos a otros procesos de eliminación (D8).
Tratamientos físico-químicos previos a otros procesos de eliminación (D9).
Combinación o mezcla previas a las operaciones mencionadas en los epígrafes 5.1 y 5.2 (D13). Combinación, mezcla, reenvasado, previas a valorización. R12
Reenvasado previo a cualquiera de las operaciones mencionadas en los epígrafes 5.1 y 5.2 (D14).
Recuperación o regeneración de disolventes (R2).
Recuperación o reciclado de materiales inorgánicos diferentes de los metálicos incluyendo la limpieza del suelo que tenga como resultado la valorización del suelo y el reciclado de materiales de construcción inorgánicos (R5).
Regeneración de ácidos o bases (R6).
Valorización de componentes utilizados para reducir la contaminación (R7).
Valorización de componentes procedentes de catalizadores (R8).
Regeneración u otro nuevo empleo de aceites, como por ejemplo lubricantes (R9).
Excluyendo el almacenamiento temporal, pendiente de recogida, en el sitio donde el residuo es generado.
Embalse superficial (por ejemplo, vertido de residuos líquidos o lodos en pozos, estanques o lagunas, etc.) (D4).
--- Valorización Eliminación Mezcla de valorización y eliminación capacidad superior a 75 toneladas por día que incluyan una o más de las siguientes actividades Actividad no incluida
--- Actividades desarrolladas en el interior de una nave en un Polígono Industrial Actividades desarrolladas en el exterior o fuera de zonas industriales Actividad no incluida
--- Valorizacion capacidad superior a 75 tn por día que incluyan una o más de las siguientes actividades Cuando la única actividad de tratamiento de residuos que se lleve a cabo en la instalación sea la digestión anaeróbica, los umbrales de capacidad para esta actividad serán de 100 tns al día. Instalaciones de coincineración de residuos con capacidad superior a 3t/hora Actividad no incluida
Excluyendo las incluidas en el Real Decreto-ley 11/1995, de 28 de diciembre, por el que se establecen las normas aplicables al tratamiento de las aguas residuales urbanas:
--- Tratamiento biológico. Tratamiento previo a la incineración o coincineración. Tratamiento de escorias y cenizas. Tratamiento en trituradoras de residuos metálicos, incluyendo residuos eléctricos y electrónicos, y vehículos al final de su vida útil y sus componentes. Actividad no incluida
Tratamientos biológicos previos a otros procesos de eliminación (D8). Compostaje, digestión anaerobia y tratamiento mecánico biológicos (R3).
Tratamiento de preparación de residuos como combustible para valorización (R12) o para eliminación (D8).
Tratamientos físico-químicos previos a otros procesos de valorización (R12).
--- Valorizacion capacidad superior a 75 tn por día que incluyan una o más de las siguientes actividades Instalaciones para la valorización con una capacidad de entre 13,69 (5.000Tn anuales)y 75 tn por día. Cuando la única actividad de tratamiento de residuos que se lleve a cabo sea la digestión anaeróbica, los umbrales de capacidad para esta actividad serán de 100 tn al día. Instalaciones de coincineración de residuos con capacidad superior a 3t/hora Actividad no incluida
Excluyendo las incluidas en el Real Decreto-ley 11/1995, de 28 de diciembre, por el que se establecen las normas aplicables al tratamiento de las aguas residuales urbanas:
--- Tratamiento biológico. Tratamiento previo a la incineración o coincineración. Tratamiento de escorias y cenizas. Tratamiento en trituradoras de residuos metálicos, incluyendo residuos eléctricos y electrónicos, y vehículos al final de su vida útil y sus componentes. Actividad no incluida
Valorización energética mediante incineración y coincineración (R1).
--- Actividades de eliminación desarrolladas en el interior de una nave en un Polígono Industrial con capacidad de más de 50 tn por día, que incluyan una o más de las siguientes actividades Actividades desarrolladas en el exterior o fuera de zonas industriales Incineración Vertedero Actividad no incluida
Excluyendo las incluidas en el Real Decreto-Ley 11/1995, de 28 de diciembre, por el que se establecen las normas aplicables al tratamiento de las aguas residuales urbanas:
--- Tratamiento biológico. Tratamiento físico-químico. Tratamiento previo a la incineración o coincineración. Tratamiento en trituradoras de residuos metálicos. Actividad no incluida
--- Más de 50 toneladas por día Más de 100 toneladas por día Actividad no incluida
Residuos eléctricos y electrónicos, y vehículos al final de su vida útil y sus componentes.
--- Eliminacion capacidad de más de 50 tn por día, que incluyan una o más de las siguientes actividades Instalaciones para la eliminación con una capacidad de 50 tn por día o menos. Actividad no incluida
Excluyendo las incluidas en el Real Decreto-Ley 11/1995, de 28 de diciembre, por el que se establecen las normas aplicables al tratamiento de las aguas residuales urbanas:
--- Tratamiento biológico. Tratamiento físico-químico. Tratamiento previo a la incineración o coincineración. Tratamiento en trituradoras de residuos metálicos. Actividad no incluida
--- Más de 50 toneladas por día Más de 100 toneladas por día Actividad no incluida
Residuos eléctricos y electrónicos, y vehículos al final de su vida útil y sus componentes.
--- Capacidad superior a 3 tnas por hora Capacidad superior a 100 tn por día Actividad no incluida
Valorización energética mediante incineración y coincineración (R1).
Vertederos de residuos peligrosos y de residuos no peligrosos, incluidos, en este último caso, aquellos en los que se depositen residuos urbanos o municipales, tal como se definen en el Real Decreto 1481/2001, de 27 de diciembre, por el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero.
--- Reciban más de 10 tns por día Capacidad total de más de 25.000 toneladas Actividad no incluida
Excluyendo las incluidas en el Real Decreto-ley 11/1995, de 28 de diciembre, por el que se establecen las normas aplicables al tratamiento de las aguas residuales urbanas.
--- Tratamiento biológico. Tratamiento previo a la incineración o coincineración. Tratamiento de escorias y cenizas. Tratamiento en trituradoras de residuos metálicos, incluyendo residuos eléctricos y electrónicos, y vehículos al final de su vida útil y sus componentes. Actividad no incluida
Tratamientos biológicos previos a otros procesos de eliminación (D8). Compostaje, digestión anaerobia y tratamiento mecánico biológicos (R3).
Tratamiento de preparación de residuos como combustible para valorización (R12) o para eliminación (D8).
Tratamientos físico-químicos previos a otros procesos de valorización (R12).
--- Cambio de uso del suelo CO2 Pistas permanentes de carreras y de pruebas para vehículos motorizados. Instalaciones terrestres para el vertido o depósito de materiales de extracción de origen fluvial, terrestre o marino no incluidos en Red Natura con superficie superior a 1 ha. Instalaciones de almacenamiento de chatarra, de vehículos desechados, desguace y descontaminación de vehículos Instalaciones o bancos de prueba de motores, turbinas o reactores. Instalaciones para la recuperación o destrucción de sustancias explosivas. Pistas de esquí, remontes, teleféricos y construcciones asociadas no incluidas en Red Natura Campamentos permanentes para tiendas de campaña o caravanas capacidad mínima de 500 huéspedes. Parques temáticos no incluidos en Red Natura Proyectos para ganar tierras al mar con superficie superior a cinco hectáreas. Disolventes orgánicos con una capacidad de consumo de disolventes orgánicos de más de 150 kg de disolvente por hora o más de 200 toneladas/año. Urbanizaciones de vacaciones e instalaciones hoteleras fuera de suelo urbanizado y construcciones asociadas. Actividad no incluida
--- Superficie igual o superior a 100 ha. Superficie igual o superior a 50 ha. Actividad no incluida
--- Emplazamientos de almacenamiento geológico de dióxido de carbono. Instalaciones para la captura de flujos de CO2 con fines de almacenamiento geológico de dióxido de carbono cuando la captura total anual de CO2 sea igual o superior a 1,5 Mt. Instalaciones para la captura de flujos de CO2 con fines de almacenamiento geológico de dióxido de carbono, procedente de instalaciones cuando la captura total anual de CO2 sea inferior a 1,5 Mt. Actividad no incluida
Instalaciones en las que se lleve a cabo tratamiento de superficies utilizando disolventes orgánicos bien en las distintas fases de fabricación (pegado, lacado, etc.), bien para limpieza de superficies (desengrasado) o bien para conseguir la dispersión homogénea de sustancias sobre las mismas, con la finalidad de pintarlas o dar un acabado superficial. Estas actividades tienen en común la evaporación del disolvente a la atmósfera (con o sin recuperación posterior) que es una de las causas directas de las emisiones a la atmósfera de compuestos orgánicos volátiles.
Como actividades más importantes están, entre otras:
– Instalaciones para la aplicación sobre diversas superficies de pintura, adhesivos o recubrimientos, en industrias como las de automoción, vehículos y otros tipos de maquinaria y equipo mecánico o eléctrico.
– Instalaciones para la aplicación de disolventes para lavado o limpieza de superficies.
– Industria gráfica.
– Industria de la madera, incluida la fabricación de tableros.
– Industria de transformación de caucho natural o sintético.
Que no se desarrollen en el interior de una nave en polígono industrial, o con cualquier capacidad si la actividad se realiza en el exterior o fuera de zonas industriales.